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Síndrome del edificio enfermo
Dpto. Prevención de CEN
Los trabajadores de ciertos edificios presentan una mayor incidencia de enfermedades que la que sería lógico esperar. Aunque los síntomas son en general leves, causan molestias a un número elevado de personas empleadas en estos edificios.
Simulacro de emergencia, aplicación práctica
Dpto. Prevención de CEN
La finalidad de un simulacro de emergencia es la resolución de una hipotética situación de peligro o desastre, de tal forma que prepare a los equipos participantes, y los capacite para resolver la situación con éxito.
 




Un simulacro de emergencia se puede definir como “es una representación o imitación de unas posibles situaciones de peligro o desastre que requieren una acción inmediata”, sin embargo, existen otras definiciones más completas que lo definen:

* “ejercicio de campo en el cual las personas que participarían en una emergencia, sea en condición de actores principales, personal de apoyo o de víctima, aplican los conocimientos y ejecutan las técnicas y las estrategias que le están asignadas, ante un escenario planteado a fin de resolver las situaciones o problemas presentados como consecuencia de un evento dado”.

* “Un simulacro es la simulación de un siniestro que suponga la activación del Plan de Autoprotección y permita comprobar la capacidad de respuesta y el nivel de preparación alcanzado, empleando los medios previstos”.

Por lo tanto, la finalidad que tiene un simulacro es la de evaluar los planes de autoprotección y asegurar la eficacia y operatividad de los planes de actuación en emergencias para las actividades del Anexo I del R.D. 393/2007, evaluando sus resultados.

El empresario debe de cumplir con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que establece: “El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento”.

Para poder analizar estas situaciones y adoptar las medidas necesarias se ha de contar con el Plan de Autoprotección de la empresa, donde el apartado 9.3 Programa de ejercicios y simulacro se realizará para un periodo de tiempo de tres años, con un MÍNIMO de un simulacro ANUAL.

La realización de simulacros tendrá como objetivos la verificación y la comprobación de:

- La eficacia de la organización de respuesta ante una emergencia.

- La capacitación del personal adscrito a la organización de respuesta.

- El entrenamiento de todo el personal de la actividad en la respuesta frente a una emergencia.

- La suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.

- La adecuación de los procedimientos de actuación.


Fases de un simulacro

1. Preparación

El Plan de Autoprotección incluye diferentes situaciones de emergencias valoradas en función de las características propias de la empresa.

Debido a que cada empresa es diferente, se ha de realizar una reunión con la dirección y los trabajadores de la empresa para determinar:

- Día y hora: Dependiendo de la formación recibida y los simulacros anteriores puede ser interesante realizar el simulacro cuando el nivel de ocupación sea mayor pero si la formación es mínima se necesita reforzar los conocimientos de los trabajadores sin una gran cantidad de personal ajeno.

- Organización: Distribución de equipos de emergencia.

- Normas y funciones: Los equipos de emergencia participantes deben de tener sus directrices de actuación.

- Situación inicial del ejercicio: evolución e incidencias.

- Equipos exteriores: determinación su participación.

En la entrega de normas y consignas es muy interesante introducir varios conceptos que no se suelen tener en cuenta en las realizaciones de simulacros y que pueden ser cruciales en una emergencia:

- Recorrido por las diferentes vías de evacuación. Este recorrido puede estar recogido en planos y fotografías para evitar un “desfile” de personas por la empresa.

- Valoración del riesgo.

2. Ejecución

La ejecución de un simulacro es la puesta en práctica de las enseñanzas recibidas durante la formación y la aplicación real de lo indicado en el Plan de Autoprotección.

Constará de:

- Alerta, por los medios disponibles, al personal existente en la empresa (trabajador y ajeno).

- Determinación de la emergencia.

- Despliegue de los equipos.

- Intervención de los equipos.

- Resolución de las incidencias que puede introducir el responsable del simulacro para aumentar su complejidad y poder observar las reacciones.

- Optar por la participación de medios exteriores (112, Bomberos, Policía o Guardia Civil).

En el caso de optar por la participación de medios externos es necesario haber comunicado a sus responsables el ejercicio a efectuar y la participación, en todas las fases del simulacro, de un responsable.
En esta fase es muy importante la realización de fotografías para poder ser analizadas en la fase de valoración, también como testimonio gráfico de la realización y de la participación del personal de la empresa.

3. Valoración

Al finalizar la fase de ejecución se realizará una reunión con el personal asistente, en la cual, y con espíritu constructivo se analizarán los siguientes aspectos:

- Tiempo empleado.

- Factores negativos que han podido incidir en la ejecución.

- Factores positivos que han mejorado la ejecución.

- Comportamiento de los equipos.

- Comportamiento general.

- Dificultades físicas encontradas.

Finalmente, se emitirá un informe en el cual se realizará un informe con las características mínimas:

- Introducción y objeto del informe.

- Datos del centro de trabajo.

- Realización del simulacro (cronología).

- Recomendaciones y mejoras.

- Reunión posterior.

- Anexos: Hoja de firmas y fotografías.


Fuentes

Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, - www.funprl.es

- LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

- Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.


Beatriz Remón
Dpto. de Prevención de Riesgos Laborales de CEN


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